procuradorES PROFESIONALES en MÉRIDA
Descubra más sobre la figura del procurador. Qué es, qué hace y cómo puede ayudarle.
Qué es un procurador
La figura del Procurador de los Tribunales está regulada en la Ley Orgánica del Poder Judicial (arts. 543 a 546), en la Ley de Enjuiciamiento Civil (arts. 23 a 24), y en el Estatuto General de los Procuradores de España.
Este profesional se define como un Licenciado en Derecho que se dedica a la representación de sus clientes ante el juzgado. Es el receptor de las notificaciones del Juzgado y quien se ocupa de presentar escritos de diversa índole.
Aunque los escritos sean redactados por un abogado, es el procurador quien los encabeza. Esto refleja la importancia de su función cuando su implicación es obligatoria. De hecho, la figura del procurador es necesaria y obligatoria en todos los procedimientos de la jurisdicción civil (salvo contadísimas excepciones).
No interviene en procedimientos laborales, pero sí puede (y está obligado a hacerlo) en:
- Vía penal: cuando se presenta querella
- Vía contencioso-administrativa: si la cuantía del juicio está por encima de los 30.000€ o tiene lugar ante algún órgano colegiado.
FUNCIONES
LA FIGURA DEL PROCURADOR
No hay que confundir la figura de procurador con la figura del abogado. Este último ofrece asesoramiento y defensa a sus clientes, mientras que el procurador lo representa. Aunque a priori no lo parezca, estas profesiones no son compatibles entre sí, por lo que no pueden intercambiar sus funciones.
Función pública
Cooperador de la Administración de Justicia.
El procurador debe ocuparse de agilizar el proceso judicial. Es de vital importancia evitar dilaciones y cualquier tipo de revés que pueda obstaculizar el procedimiento. También debe encargarse de resolver todas las cuestiones procesales que surjan.